APOYO A COPRODUCCIÓN DE ESPECTÁCULOS DE TEATRO Y DANZA IBEROAMERICANOS

APOYO A LA COPRODUCCIÓN DE ESPECTÁCULOS DE TEATRO Y DANZA IBEROAMERICANOS

1. ¿QUÉ ES IBERESCENA?
1. Origen y objetivos.-
El Fondo Iberoamericano de ayuda a IBERESCENA fue creado en noviembre de 2006 sobre la base de las decisiones adoptadas por la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno celebrada en Montevideo (Uruguay), relativas a la ejecución de un programa de fomento, intercambio e integración de la actividad de las artes escénicas iberoamericanas.
IBERESCENA a través de estas convocatorias, pretende promover en los Estados miembros y por medio de ayudas financieras, la creación de un espacio de integración de las Artes Escénicas.
Entre sus objetivos figuran:
a) Favorecer el perfeccionamiento profesional en el sector del teatro y la danza, fundamentalmente en el campo de la producción y la gestión.
b) Fomentar la distribución, circulación y promoción de espectáculos iberoamericanos.
c) Incentivar las coproducciones de espectáculos entre promotores públicos y/o privados de la escena iberoamericana y promover su presencia en el espacio escénico internacional.
d) Promover la difusión de la obra de autores/as iberoamericanos/as.
e) Apoyar a los espacios escénicos y a los festivales de Ibero América para que prioricen en sus programaciones las producciones de la región.

2.- Estados Miembro y Estructura.-
El Fondo IBERESCENA está actualmente ratificado por doce países que financian el programa: Andorra, Argentina, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, España, México, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
IBERESCENA está dirigido por el Consejo Intergubernamental IBERESCENA (CII), en cuyo seno cada Estado miembro designa una autoridad de las Artes Escénicas como su representante. Este Consejo define la política, las modalidades de obtención de la ayuda y toma las decisiones, en conformidad con las reglas enunciadas en el reglamento de Funcionamiento del Programa IBERESCENA. Se realizarán una o dos reuniones ordinarias del Consejo para decidir los proyectos a los que se apoya y la cuantía, así como todas aquellas que se consideren extraordinarias. Dentro de esta estructura, la Unidad Técnica de IBERESCENA (UTI) asume la responsabilidad de la ejecución y el funcionamiento del programa.
Los recursos económicos del Fondo provienen de las contribuciones de los Estados miembros del Fondo y de otros posibles recursos negociados por la Unidad Técnica IBERESCENA.

3.Programas.-
El Consejo Intergubernamental, teniendo en cuenta los medios financieros puestos a su disposición, ha decidido concentrar su actuación sobre los siguientes programas de ayuda:
a) Apoyo a redes, festivales y espacios escénicos para la programación de espectáculos.
b) Apoyo a la coproducción de espectáculos entre empresas, grupos y compañías públicos y privados de los países firmantes del Fondo IBERESCENA.
c) Apoyo a la autoría escénica iberoamericana.
d) Apoyo al perfeccionamiento profesional en producción y gestión.
e) Difusión a través del portal IBERESCENA.
2. ELEGIBILIDAD
La presente convocatoria está dirigida a las entidades o instituciones públicas o privadas, grupos y compañías de teatro y de danza profesionales cuyas actividades contribuyan a fortalecer los planes de cooperación e integración mencionados en el Programa IBERESCENA y que estén registrados legalmente en cualquiera de los países firmantes del acuerdo.
2.1 Son elegibles los espectáculos iberoamericanos de teatro y danza de carácter profesional que tengan su origen en un Estado miembro del Programa, ser Iberoamericanos, de inversiones y de derechos; y coproducidos por al menos dos coproductores procedentes de diferentes Estados miembros del Programa IBERESCENA.
2.2 El/la director/a de escena o coreógrafo/a del espectáculo debe ser iberoamericano/a, es decir, titular de un pasaporte válido de un Estado miembro de IBERESCENA o extranjero/a con estatuto de residente.
2.3 Los proyectos presentados deberán ajustarse al sistema de los derechos de autor en vigor en los Estados coproductores.
2.4 Se considerará como “presupuesto del espectáculo”, el presupuesto de montaje hasta su estreno profesional.
2.5 Las coproducciones deberán respetar las siguientes reglas:
a) Los proyectos deben presentar una cooperación artística, técnica y financiera entre al menos dos coproductores pertenecientes a diferentes Estados miembros del Programa.
b) En el criterio de coproducción se tendrá en cuenta tanto las partidas dedicadas a materiales de construcción o técnicos, gastos emanados de las nóminas artísticas y técnicas, gastos de mantenimiento del espacio de ensayos y preparación del espectáculo, derechos de autor de la pieza teatral o coreográfica, gastos de material de promoción previa del espectáculo (programa, cartel, etc.), pero no los gastos corrientes de las estructuras coproductoras del espectáculo.
c) El porcentaje de participación económica de cada miembro del proyecto en la coproducción es de decisión interna de los propios coproductores. En ningún caso el porcentaje mínimo de un coproductor debe ser menor al 20 por ciento.
d) Se tendrá en cuenta a la hora de conceder la ayuda económica los siguientes requisitos para la presentación del proyecto:
a. Identificación de las partes.
b. Clarificación de las tareas de cada una de las partes.
c.Aportes y contribuciones detallados de cada una de las partes.
d.Régimen de derechos.
e.Plan de explotación del espectáculo.
f.Duración del acuerdo.
e) Los coproductores del proyecto deberán estar al día de todas las obligaciones legales y fiscales en sus países de origen para poder presentarse a las ayudas derivadas de esta convocatoria.

3. CRITERIOS DE LA SELECCIÓN.
3.1 Los proyectos remitidos tendrán preferencia en función de los siguientes criterios de selección:
a) Calidad integral de los proyectos
b) Proyectos con el mayor nivel de financiación confirmado posible.
c) Proyectos con mayor distribución confirmada en cada uno de los Estados coproductores y fuera de ellos.
d) Contar con más países coproductores, aunque no formen parte de los firmantes del Programa.
3.2 El idioma principal del proyecto tiene que ser el español. Se tendrán en consideración las diferentes lenguas de los Estados miembros del Programa.
3.3 Los equipos artísticos, técnicos y de gestión del proyecto deberán ser iberoamericanos, salvo excepción justificada, reuniendo todos ellos la calificación profesional requerida, lo que se comprobara a través de su currícula.
3.4 Tendrán preferencia aquellas coproducciones que sean sostenidas por más de dos coproductores procedentes de los Estados miembros del Programa.
3.5 Esta cooperación tendrá en cuenta el mayor porcentaje de participantes de los países miembros del Programa. Será evaluada según la nacionalidad y/o residencia de los diferentes equipos artísticos y técnicos que realicen el proyecto, el espacio o lugar donde se desarrolle los ensayos y puesta a punto del montaje así como el lugar de estreno del espectáculo coproducido.

4. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
4.1 El proyecto tendrá que ser presentado por el coproductor mayoritario con el consentimiento escrito de los demás, en donde conste la cantidad y el rubro del que cada coproductor se hace cargo.
4.2 Las solicitudes deben presentarse con el formulario adjunto o descargado de la página Web del Programa IBERESCENA, escrito con máquina de escribir, con computador o a mano con letra de imprenta, en dos copias en español, con los documentos enumerados en el anexo. Las solicitudes deben presentarse en la Institución Nacional de Cultura responsable del Programa en cada país (Antenas) donde resida el/la coproductor/a mayoritario, respetando estrictamente los plazos establecidos.
4.3 Las solicitudes se podrán presentar desde el 12 de Enero hasta el 10 de Julio de 2009 a las 18.00 horas.
4.4 Las solicitudes deben cumplimentarse siguiendo las bases de esta convocatoria. No se aceptarán las solicitudes incompletas y extemporáneas.
4.5 Las instrucciones del formulario de solicitud se deben observar estrictamente.
4.6 La Unidad Técnica de IBERESCENA se reserva el derecho de solicitar a los candidatos información adicional para presentar las propuestas al Consejo Intergubernamental, que tomará la decisión definitiva sobre la concesión de las ayudas. En particular, puede solicitar a los candidatos preseleccionados que aporten más información relativa a:
- Garantías acerca de la capacidad de financiación global del proyecto presentado.
- Cualquier otra que se considere necesaria.

5. CONCESIÓN DE LA AYUDA
5.1 Las ayudas serán otorgadas a los proyectos que se lleven a cabo entre el 1 de enero de 2010 y 31 de diciembre de 2010.
5.2 La ayuda se concederá al proyecto global, aunque su recepción corresponderá al coproductor que haya presentado oficialmente la documentación pertinente.
5.3 El importe de la ayuda concedida no excederá la cantidad de 40.000 dólares estadounidenses, tomándose como referencia el tipo de cambio euro-dólar a la fecha de concesión de la ayuda.
5.4 La ayuda se concederá en dos plazos:
El 70 por ciento una vez firmada la carta compromiso y cumplidos los trámites requeridos por la Unidad Técnica de IBERESCENA.
El 30 por ciento restante una vez que la UTI haya dado el visto bueno al informe de avance del proyecto que incluirá una memoria de actividades realizadas y la rendición de los gastos (relación de los mismos, facturas y comprobantes) que justifiquen el primer pago de la ayuda concedida.
5.5 Finalizado el proyecto, se enviará a la UTI una memoria completa (notas de prensa, elementos gráficos, etc.) de la actividad realizada, con la rendición de gastos (relación de los mismos, facturas y comprobantes) del 30 por ciento restante. La UTI emitirá un certificado de cumplimiento del proyecto que será requisito imprescindible para solicitar futuras ayudas.
5.6 Los coproductores del proyecto podrán obtener otro tipo de ayudas económicas, siempre y cuando el Programa IBERESCENA quede reflejado en cualquier soporte y medio de comunicación como patrocinador del proyecto.
5.7 La ayuda deberá ser concedida a una de las partes que presente el proyecto, siendo ésta la encargada de realizar el plan de gestión global para llevar a cabo el espectáculo objeto de la ayuda.
6. CARTA COMPROMISO
6.1 Una vez aprobada la concesión de la ayuda por el Consejo Intergubernamental, el beneficiario deberá firmar una carta compromiso que será gestionada por la Unidad Técnica de IBERESCENA.
4
6.2 En caso de no cumplirse la carta compromiso, el beneficiario quedará inhabilitado para recibir cualquier otra ayuda del programa, y la ayuda concedida hasta ese momento deberá ser restituida al Fondo IBERESCENA. Así mismo IBERESCENA determinará el tribunal judicial competente para todos los efectos.
6.3 Los coproductores se comprometen a ofrecer entradas de precio reducido a grupos específicos (estudiantes, maestros, desempleados, tercera edad).
6.4 Anualmente se evaluará la ejecución administrativa financiera de los proyectos aprobados en esta modalidad.

Mas información y formularios: www.IBERESCENA.org

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